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Aduana Cuba: exenciones desde el 1 de febrero de 2026 para alimentos, aseo y medicinas (guía profunda para enviar y viajar sin pagar de más)

Aduana Cuba exenciones desde el 1 de febrero de 2026

Si vives fuera y ayudas a tu familia en Cuba, esta es de esas normas que sí cambian decisiones de dinero: la Gaceta Oficial No. 7 Extraordinaria (17/01/2026) publicó un paquete de resoluciones sobre la exención aduanal de Cuba en febrero 2026 que mantiene (y en algunos puntos ajusta) los beneficios arancelarios para importaciones sin carácter comercial de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos, y además actualiza la tabla de valoración por peso para envíos. (gacetaoficial.gob.cu)

Lo esencial en 60 segundos

Desde el 1 de febrero de 2026:

  • Equipaje acompañado (viajas tú): alimentos/aseo/medicinas/insumos médicos sin límite de valor y exentos de impuesto aduanero, si es sin carácter comercial.
  • Equipaje no acompañado: los mismos productos, hasta 500 USD o 50 kg (según relación valor/peso), exentos.
  • Envíos (aéreo/marítimo/postal/mensajería):
    • Se sube el límite general del valor en aduana de 200 a 500 USD.
    • Se mantiene: primeros 30 USD (o 3 kg) exentos y 30% al excedente.
    • Y si el envío contiene solo alimentos/aseo/medicinas/insumos médicos, existe una exención total hasta 200 USD o 20 kg (peso equivalente).

Extra importante por los apagones: se autoriza excepcionalmente importar por envíos plantas eléctricas de más de 900 W “por encima del valor establecido” para esa vía.

1) Qué significa “sin carácter comercial” (lo que decide si pagas o no)

La palabra que manda en todo el paquete es “sin carácter comercial”.
En la práctica, Aduana suele mirar señales como:

  • Cantidad exagerada del mismo producto (parece reventa).
  • Empaque / distribución tipo mayorista (cajas repetidas idénticas).
  • Peso/volumen poco creíble para “uso familiar”.
  • Falta de coherencia: “todo es para uso personal” pero viene en series.

Tip realista: si tu objetivo es ayudar a tu familia, arma el envío como “canasta” (variedad) y no como “almacén” (repetición).

2) Guía por vía: cuál te conviene según tu caso

A) Viajas a Cuba: equipaje acompañado

Aquí está el beneficio más fuerte: se autoriza excepcionalmente la importación sin límite de valor y exenta de impuesto aduanero para alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos como equipaje acompañado.

Condición clave (que mucha gente rompe sin querer): estos artículos deben presentarse en bultos separados del resto de productos.

Cómo se aplica “bultos separados” sin drama

  • 1 maleta o bulto solo de alimentos/aseo/medicinas.
  • Otra maleta con ropa u otros artículos.
  • Si mezclas “un poquito de todo” en la misma maleta, te complicas el beneficio.

B) Equipaje no acompañado (lo mandas como carga asociada al pasajero)

Se autoriza excepcionalmente la importación de estos productos hasta 500 USD o 50 kg (según relación valor/peso) y exenta del impuesto aduanero.

Cuándo conviene

  • Cuando llevas equipaje al límite y prefieres documentar/cargar aparte.
  • Cuando viaja alguien por ti y tú armas la carga por separado.

C) Envíos (courier, paquetería, postal, marítimo): aquí es donde más se paga… o más se ahorra

C1) Regla general de envíos (cuando tu caja NO es “solo esenciales”)

La Resolución 9/2026 sube el límite general del valor en aduana para envíos de 200 a 500 USD.
Y se mantiene este esquema:

  • Exento: primeros 30 USD o 3 kg equivalentes.
  • Impuesto: 30% sobre el excedente.

Esto aplica cuando tu envío entra en el régimen general (por ejemplo, porque mezclaste productos o porque el contenido no es exclusivamente alimentos/aseo/medicinas).

C2) Envío “solo esenciales”: el mejor escenario (exención total hasta 200 USD / 20 kg)

Si tu envío contiene solo alimentos/aseo/medicinas/insumos médicos, se autoriza la importación exenta del impuesto aduanero hasta 200 USD o 20 kg (peso equivalente).

Condición estricta: el contenido del envío debe incluir únicamente esos artículos.

Estrategia que casi siempre funciona

  • Caja 1 (solo esenciales): hasta 20 kg → buscas exención total.
  • Caja 2 (otros artículos): entra por régimen general (30 USD exento + 30% al excedente).

Así reduces el “impuesto sorpresa” por mezclar.

3) La tabla nueva de valoración por peso (Resolución 34/2026): cómo calcular antes de enviar

La Aduana, mediante la Resolución 34/2026, suspende la tabla anterior (de la Resolución 176/2022) para alimentos/aseo/medicinas/insumos médicos en envíos y aplica una nueva tabla. (gacetaoficial.gob.cu)

La tabla establece:

  • 1 kg = 10 USD (valoración por peso).
  • Exento hasta 30 USD = 3 kg.

Atajo para calcular en casa (sin ser contador)

Si tu envío va por el régimen general (porque mezclaste artículos o porque no cumple el “solo esenciales”), el cálculo práctico suele quedar así:

  1. Valor estimado (USD) = peso (kg) × 10
  2. Valor exento = 30 USD
  3. Valor gravado = valor estimado − 30
  4. Impuesto = 30% × valor gravado

La tabla lo presenta por rangos (3.1–4 kg, 4.1–5 kg, etc.) pero la lógica es la misma: “peso → valor → parte gravada”.

Ejemplos (para que tu familia sepa a qué se expone)

Ejemplo 1: envío de 10 kg (régimen general)

  • Valor: 10×10 = 100 USD
  • Exento: 30 USD
  • Gravado: 70 USD
  • Impuesto: 0.30×70 = 21 USD

Ejemplo 2: envío de 20 kg (régimen general)

  • Valor: 20×10 = 200 USD
  • Exento: 30 USD
  • Gravado: 170 USD
  • Impuesto: 51 USD

Ojo: si esa caja fuera “solo esenciales” y cumple el requisito, hasta 20 kg / 200 USD puede quedar totalmente exenta. Si mezclas “un champú + 1 cosa que no entra”, podrías pasar del “0” al “51”.

4) Medicinas e insumos médicos: la parte que más ayuda a familias con tratamientos

Además de la Resolución 9/2026, en la misma Gaceta aparece la Resolución 4/2026 del MINSAP, que autoriza excepcionalmente la importación (sin carácter comercial y exenta) de:

  • Medicamentos en envases originales, y
  • Insumos médicos relacionados en un Anexo Único.

Y confirma los límites por vía:

  • Equipaje acompañado: sin límite de valor.
  • No acompañado: hasta 500 USD/50 kg.
  • Envíos: hasta 200 USD/20 kg.

Qué hacer para evitarte problemas

  • Medicinas: envase original +, si es posible, foto de receta o indicación médica (no siempre la piden, pero te cubre).
  • Insumos: si son equipos (por ejemplo, de apoyo respiratorio, nebulización, etc.), guarda manual o etiqueta del producto y declara claro para qué es.

5) Bonus por la crisis energética: plantas eléctricas de más de 900 W por envíos

La Resolución 10/2026 del MFP autoriza excepcionalmente importar por envíos plantas eléctricas con potencia superior a 900 W, “por encima del valor establecido” para esa vía.

Qué significa para la gente

  • No es que “sea gratis”: la norma lo que hace es permitir el despacho por envíos de equipos que antes quedaban más limitados por la vía y el valor. (gacetaoficial.gob.cu)
  • Si tu familia depende de una planta por apagones, esto da una vía “legal y directa” para gestionarla por courier, siempre cuidando el “sin carácter comercial”.

6) Errores que más dinero hacen perder (y cómo evitarlos)

  1. Mezclar en una misma caja artículos “esenciales” con otros que no lo son
    • Resultado típico: pierdes la exención total del “solo esenciales” y entras al régimen general.
  2. No separar bultos cuando viajas
    • La norma pide bultos separados para aplicar beneficios en equipaje acompañado/no acompañado.
  3. Pasarte de 20 kg en el envío “solo esenciales” pensando que igual es exento
    • La exención total por envíos está definida hasta 200 USD/20 kg. Fuera de eso, lo prudente es asumir que caerás en el esquema general (y calcular antes).
  4. Enviar cantidades que parezcan para negocio
    • Aunque el artículo sea “permitido”, el criterio “no comercial” manda.

7) Guía rápida de decisión para la diáspora

Si viajas pronto: aprovecha equipaje acompañado (más flexible) y separa bultos.

Si NO viajas y dependes de envíos:

  • Prioriza una caja solo esenciales (hasta 20 kg).
  • Lo demás, en otra caja, asumiendo régimen general y calculando impuesto con la tabla/peso.

Si tu familia necesita respaldo eléctrico: valora planta >900W por envíos (siempre con proveedor confiable, y declarando bien). (gacetaoficial.gob.cu)


Que valor o ventaja me aporta esta noticia

  • Te permite ahorrar dinero real: con la regla de “caja solo esenciales” y el límite 20 kg/200 USD, evitas impuestos que pueden aparecer solo por mezclar productos.
  • Te ayuda a planificar envíos con cabeza (y no por impulso): si sabes el peso, puedes estimar el impuesto antes de pagar el courier.
  • Si tu familia depende de medicinas o insumos, te da seguridad: la norma respalda importación de medicamentos en envase original e insumos listados, con beneficios por vía.
  • En plena crisis energética, abre una alternativa práctica: importar por envíos plantas >900W, cuando se necesita respaldo en casa o en un pequeño negocio familiar. (gacetaoficial.gob.cu)

Fuentes consultadas

  • Gaceta Oficial No. 7 Extraordinaria (17/01/2026): paquete de resoluciones (9/2026 MFP; 10/2026 MFP; 4/2026 MINSAP; 34/2026 Aduana). (gacetaoficial.gob.cu)
  • Resolución 9/2026 (MFP) – resumen y publicación en Gaceta Oficial. (gacetaoficial.gob.cu)
  • Resolución 10/2026 (MFP) – plantas eléctricas >900W por envíos. (gacetaoficial.gob.cu)
  • Resolución 34/2026 (Aduana) – suspensión de tabla anterior y nueva valoración por peso. (gacetaoficial.gob.cu)

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